
La modificación a la ley del tabaco ya está vigente y, por tanto, hay que cumplirla. Pero, ¿respeta de forma adecuada la libertad de fumar? Yo lo estoy dudando…
Para responder a esta pregunta podríamos remontarnos a los principios básicos que fundamentan nuestro Estado de derecho. Empecemos por el primero: los seres humanos son libres e iguales. Libertad quiere decir que cada individuo es dueño de pensar y actuar según su propio criterio; igualdad quiere decir que todos tenemos el mismo grado de libertad. ¿Si?
Al convivir con otros seres humanos, el ejercicio ilimitado de nuestra libertad puede impedir el ejercicio de la libertad de los demás. Por tanto, ahí está el segundo principio: sólo en función de la garantía de la libertad de los demás puede ser restringida nuestra libertad. Para determinar la libertad de unos y otros, así como también para asegurar su ejercicio, se inventaron el derecho (es decir, las leyes y el Estado (el instrumento que garantiza que el derecho se cumpla).
Basada en estos principios, vamos a la ley del tabaco, en concreto a la prohibición de fumar.
En primer lugar, algunos consideran justificada la ley porque protege la salud de las personas. Creo que esta no es una buena razón. El derecho a la salud no está fundado en la libertad, sino en la igualdad: se garantiza que mediante un buen sistema sanitario público tendrán igual derecho a la salud los ricos y los pobres, ya que la salud es un bien que proteger de forma igual para todos con independencia de la posición económica de cada uno.
Porque no está prohibido ir en moto, o en automóvil, o escalar montañas o bucear, aunque todas estas actividades tengan riesgos para la salud. Pero como somos libres, decidimos autónomamente asumir estos riesgos. Igual sucede con los fumadores, que también decidimos libremente asumir el riesgo de fumar.
Otro argumento a favor de la ley ya parece más plausible: su finalidad es proteger a los fumadores pasivos, aquellos que no fuman pero aspiran humo contaminado de tabaco. Se trataría, así, de un límite a nuestra libertad para respetar los derechos del otro. Sin embargo, no hay pruebas concluyentes sobre el alcance del daño que produce el humo del tabaco disuelto en el aire. Parece que para provocar un efecto comparable al que puede sufrir un fumador activo, el pasivo debería vivir muchos años durante todo el día en una atmósfera extraordinariamente viciada, lo cual, no justificaría las medidas prohibicionistas que adopta la ley.
Pero, ok, aunque este argumento sea inseguro y parta de la dudosa premisa según la cual nadie está obligado a aspirar humo de tabaco.
Podría ser aceptable, entonces, que en los establecimientos públicos se prohibiera fumar porque así lo ha decidido su dueño, quien resulte que este sea. Quizás también ello sería aplicable en los centros de trabajo privados a los efectos de proteger a los clientes no fumadores. Ahora bien, una prohibición general en los establecimientos privados de ocio, bares y restaurantes, contra la voluntad de su dueño, no parece tener justificación.
Por tanto, objeto dicha ley en el principio de libertad, base de nuestros estados democráticos. Considero contrario a esta libertad que la prohibición sea general, porque me parece una medida desproporcionada.
No entiendo que esté prohibido fumar en todos los bares y restaurantes dado que existe el derecho a fumar.
#AlCalce
La aplicación de las nuevas medidas para la venta de un producto legal, como lo es el tabaco, generará afectaciones socioeconómicas directas a pequeños y medianos comerciantes, debido a que las ventas de estos productos representan el 25% de sus ingresos mensuales. También, se pone en riesgo el ingreso de más de 1.2 millones de establecimientos, así como los empleos que estos generan.

Aletia Molina
@AletiaMolina
Periodista, egresada de la UNAM.
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