«Entonces el voto no es tan directo…»

Así es, estoy de acuerdo contigo. Con listas cerradas de candidaturas para los Concejos de las Alcaldías, elegimos a éstos y a éstas de manera indirecta. Seis espacios por el principio de mayoría relativa, el restante por el principio de representación proporcional. Sin embargo, siendo un poco flexibles, el principio de mayoría relativa sólo está expresada en el nombre. Es casi como si todos los Concejos se votaran por el principio de representación proporcional. Pero repito, siendo flexibles en la reflexión. Además, al ser electos en listas cerradas realmente no elegimos representación para las Concejos. Es como si en la parte posterior de la boleta electoral nos presentaran al equipo de trabajo de la candidata o candidato a la Alcaldía. Quizás, el verdadero contrapeso a la Alcaldesa o al Alcalde está en la minoría de oposición, si es que actúan como tal. En este sentido, una posibilidad es que la gobernabilidad local puede cree un juego de poderes que fomente negociaciones no siempre de cara a la sociedad.
Un comentario más al respecto del método de selección de las concejales y los concejales: la complejidad de las elecciones. En las últimas elecciones federales -las de este mismo año- la ciudadanía fue consultada sobre una cantidad generosa de cargos en disputa. Como ejemplo, en la Ciudad de México tuvimos elecciones federales compaginadas con las locales. Votamos por presidente de la república; votamos por nuestra senadora o senador de la entidad; no podía faltar el voto para diputada o diputado federal; pero también seleccionamos la figura de jefatura de gobierno de la ciudad; votamos por la diputada o diputado local y todavía, si es que estabamos medianamente informados de quienes solicitaban nuestra legitimidad; y por supuesto, votamos a nuestra alcaldesa o alcalde en nuestra demarcación territorial. A eso súmale, -claro, hipotéticamente- votar de manera directa concejalas y concejales. Psicológicamente, gran parte de la ciudadanía está orientada a informarse más -u otorgar mayor importancia- sobre los puestos de elección popular que más llaman la atención. Para el caso, en primer orden, la presidencia y si tienes elecciones locales, la gobernatura. Sé que no debería ser pretexto ni justificación informarse sobre las candidatas y candidatos. Pero la realidad queda rebasada, parte de la crisis de representación. Pero es otro tema. Regresando al punto de mi comentario. Tengo la impresión de que los constitucionalistas de la ciudad de México pergeñaron ese método de selección pensando en inyectar legitimidad a los gobiernos locales, sin que al mismo tiempo haya grandes costos por ingobernabilidad. Además no se incrementa el costo de la organización de las elecciones locales; lo que implicaría entre otras cosas: campañas de candidaturas a los concejos de las Alcaldías. Gastos de campaña, fiscalización de sus recursos y por qué no, dinero público para sus pre-campañas electorales.

Es tooooodo un tema los métodos de elección de los Concejos de las Alcaldías. Métodos con ventajas y desventajas. Métodos siempre perfectibles. Ya veremos en estos años como marcha la gobernabilidad local.

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