La Cámara de Diputados ha aprobado en lo general y particular la eliminción del fuero a los mandatarios de país así como a legisladores. Con 420 votos a favor, 20 en contra y 5 abstenciones se dio luz verde al proyecto para la eliminación del fuero constitucional.
Esto permite que el presidente de México pueda ser juzgado por delitos de corrupción y delitos electorales.
El documento –que reforma los artículos 108 y 111 de la Carta Magna– fue devuelto al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación.
Se establece que el jefe del Ejecutivo federal podrá ser acusado y procesado penalmente por actos de corrupción, delitos electorales y los señalados en el artículo 19 constitucional.
Los delitos referidos son delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas y delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación (genocidio, financiamiento a organizaciones terroristas, bloqueo de actividades de inteligencia, entre otros), del libre desarrollo de la personalidad (por ejemplo, corrupción de menores de edad, turismo sexual en contra de menores de edad) y de la salud (narcotráfico).
Actualmente, el artículo 108 indica que el Presidente de la República “sólo podrá ser acusado por traición a la patria y delitos graves del orden común”.
El Senado de la República aprobó la minuta el pasado 26 de marzo, y la turnó a la Cámara de Diputados, donde fue dictaminada por la Comisión de Puntos Constitucionales, la cual modificó la minuta para dejarla en los términos de la iniciativa del Ejecutivo federal.
El Senado, en el artículo 108, había establecido que los integrantes del Congreso de la Unión también podían ser acusados por estos mismos delitos, lo cual se eliminó.